El origen del caso que motivó la decisión de la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos, no tiene relación con los daños ambientales y el juicio ganado por los pobladores amazónicos en contra de la petrolera Chevron.
Quito, 7 de junio de 2016.- El caso conocido como Chevron II, sobre el cual la Corte Suprema de los Estados Unidos, inadmitió una apelación planteada por el Estado Ecuatoriano, este 6 de junio, tiene como origen seis juicios de carácter comercial, mientras que el caso de los pobladores amazónicos se fundamenta en el daño ambiental causado por la petrolera Chevron, por lo que en el fondo no existe ninguna relación entre los hechos de los dos casos, aclaran los representantes de la Unión de Afectados por Texaco.
Frente a esta decisión adoptada por la Corte norteamericana, la Unión de Afectados por las Operaciones de Texaco, UDAPT, rechaza el hecho de que el Estado tenga que pagar el costo de ese laudo arbitral a Chevron Corporation. “Es injusto que luego que la petrolera Chevron fuera la causante de uno de los peores desastres ambientales causados de forma intencional en la Amazonía, y de que provocó la muerte de cientos de personas, ahora el país tenga que pagar más de 100 millones de dólares a esa empresa irresponsable”, afirmó Humberto Piaguaje, Coordinador Ejecutivo de la UDAPT, a la vez que reconoció que aunque el Estado haga una adecuada defensa de los intereses nacionales, el sistema de arbitraje internacional favorece constantemente a las corporaciones.
Sin embargo, de ello, el dirigente de los afectados acepta que con la inadmisión de la apelación planteada por el Estado ecuatoriano ante la Corte Suprema de los Estados Unidos, Ecuador no tiene más recursos posibles, por lo tanto la deuda con Chevron Corp. está en firme y no existen obstáculos para hacer efectivo el embargo de la misma en favor de los afectados ecuatorianos, como efecto de la orden vigente sobre la base de la sentencia ecuatoriana, que condenó a la petrolera por los daños ambientales causados en la Amazonía.
En representación de la UDAPT, el abogado principal del juicio ambiental, Pablo Fajardo, recordó que desde el año 2013, la Corte provincial de Justicia de Sucumbíos, ordenó el embargo sobre dicho crédito, en consecuencia, Fajardo considera que sería indigno que ahora el Ecuador tenga que pagarle a Chevron. Sostiene que pese a lo injusto que es el proceso en contra del país, lo más adecuado es que el Estado acate la orden de embargo emitida por la Corte Provincial de Sucumbíos y acredite la totalidad de ese laudo arbitral, más los intereses, en favor de los afectados. También afirma que, si el Estado no cumple lo ordenado por sus propias Cortes y supedita su validez a los dictámenes del Tribunal Arbitral en el caso Chevron III, estaría sentando un pésimo precedente en contra de su propia soberanía y del Poder Judicial ecuatoriano.
Fajardo enfatizó que el pago del crédito embargado permitirá iniciar de manera inmediata la formulación y ejecución de los planes de reparación ambiental y social en las zonas afectadas de la Amazonía Norte de Ecuador y que se sigan violando los Derechos Humanos de los pueblos de las provincias de Orellana y Sucumbíos.
Contactos: Unión de Afectados y Afectadas por las Operaciones de Texaco (UDAPT)
Quito Ecuador